Por: Gabriel Buitrón Almeida.
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Imagen: ICOPA |
Ecuador ha atravezado un sinnúmero de cambios, al menos en blanco y negro, en cuanto a política de drogas, todo esto tuvo cabida en el actual proceso gubernamental llevado a cabo por Alianza País.
El proceso de re-pensar las políticas de drogas en el país, hacia un
intento de racionalización, de sus conceptos, teorías y categorías, se
ignaugura con la Asamblea Constituyente de Montecristi, en medio de la cual el
Presidente Rafael Correa propone liberar, a través de indulto, a 2221 personas
acusadas de muletaje[1]
(transporte) de drogas[2],
de las cuales menos del 1% fueron reincidentes[3].
Además, por iniciativa de algunas
agrupaciones ciudadanas, en la constitución se graba el artículo 364, el cual
dice:
“Las adicciones son un
problema de salud pública. Al Estado le corresponderá desarrollar programas
coordinados de información, prevención y control del consumo de alcohol, tabaco
y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y
rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos. En
ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán sus derechos
constitucionales. El Estado controlará y regulará la publicidad de alcohol y
tabaco”[4]
A partir de ese mismo año surge la organización, Ecuador cannábico se
crea en el 2008, en la Facultad de Comunicación Social de la Universidad
Central, como un grupo de estudio, que en 2009
tomaría la forma de un Blog Informativo y organizativo, convocante de la
primera marcha por la legalización de la marihuana en Quito el 1 de mayo de
2009, la misma que se ha mantenido asta la actualidad.
El 20 de Junio de 2013, El Consejo Nacional de Sustancias
Estupefacientes y Psicpotrópicas (CONSEP), debido a la presión social de esos
años, emite la Resolución No. 001 CONSEP-CD-2013[5],
la misma que contiene una Tabla de Dosis Máxima de Consumo[6],
referencial para el sistema de Justicia[7].
El
26 de Julio de 2013, Ecuador Cannábico y la Organización Diabluma presentaron
una demanda de inconstitucionalidad a la ley 108 (Ley de Sustancias
Estupefacientes y Psicotrópicas), que seguía vigente en el país, la misma que
criminaliza la siembra, cultivo, cosecha, transporte, tenencia de las
sustancias con propiedades psicoactivas, catalogadas como sujetas a
fiscalización.[8]
Ese mismo año, a partir del 19 de Noviembre, la Defensoría Pública del
Ecuador organizó el “Primer Encuentro Internacional por una Política y Legislación Alternativa a
la Guerra contra las Drogas”, fundamental en el pensamiento progresista por la
abolición penal, la misma que aunaría fuerzas para lograr avances en la construcción
del nóbel COIP (Código Orgánico Integral Penal).
En el marco de la Creación del COIP, varios sectores de la sociedad, así
como instituciones técnicas adecuadas, fueron recibidas en la Mesa de la
Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, presidida por Mauro Andino[9],
finalmente, en 2014 se aprueba este nuevo código, en el que para el tema de
sustancias se avanza en Proporcionalidad de las penas (Artículos 220, 222),
Despenalización de la tenencia y Cantidades admisibles para uso o consumo
personal (Artículos 219, 228), pero lo más controversial resultaba la Despenalización
del autocultivo sin fines de comercialización (Artículo 222)[10].
Los
Defensores de los Derechos Humanos en las Américas (WOLA), en un informe titulado “Reformas y
Contradicciones en la política de drogas de Ecuador” dice que “Asuntos como la
despenalización del consumo, la despenalización del autocultivo, la
proporcionalidad de las penas en relación a otros delitos y en función del
papel desempeñado en la división del trabajo dentro del narcotráfico, sin duda
aliviarán la presión que existe en las prisiones ecuatorianas, permitirán la
liberación de miles de personas injustamente condenadas, y permitirán la
penalización adecuada de los ciudadanos según su nivel de responsabilidad en
actividades de narcotráfico[11].
A partir de este punto podemos hablar de una contrareforma[12]
en la política de drogas, estrategia basada en los medios de comunicación
masiva, poderes “conservadores” fácticos, populismo democrático y modelos de
implementación/imposición para América Latina.
El 5 de Septiembre de 2015, Rafael Correa
Delgado, presidente, cambia su opinión frente a las políticas de drogas, públicamente
en el enlace 440, y dice: “Vamos a
rectificar totalmente esta malhadada tabla para tener tolerancia cero en las
drogas que dañan a nuestros hijos...”[13].
Esta decisión estuvo basada en la mediación con sus electores, quienes
asustados por los medios de comunicación, manifestaron su preocupación por las
drogas en los diálogos dispuestos por el gobierno en 2015[14].
Con esto se aprobaron reformas al COIP, que en el caso de sustancias
significaron el fin de la racionalización con aumento y sumatoria de penas,
reducción de cantidades, contradicción entre tablas de consumo y tráfico, por
lo tanto un nuevo territorio nebuloso para la tenencia, lo que ha dejado una
carta abierta a la violación del principio de inocencia contra los más débiles[15],
aumentado las ínfulas del sector policial que no ha detenido la represión, el
amedrentamiento, la extorsión y el apresamiento sin el debido proceso, incluso
contra menores de edad[16].
En 2016 entra en vigencia la “Ley Orgánica de Prevención Integral del
Fenómeno Socio Económico de las Drogas y Control del Uso de Sustancias Catalogadas
Sujetas a Fiscalización”[17]
y su reglamento[18],
el mismo que ha dejado por fuera el Autocultivo, así como Despenalización de
la tenencia y Cantidades admisibles para uso o consumo personal, a pesar de ser
sus funciones según lo que estipulan los artículos constitucionales y del COIP.
Todos estos retrocesos han ido de la mano
de otros que no necesariamente tienen que ver con sustancias, en otros derechos
sociales y laborales también se ha retrocedido, pero aun más preocupante es la
contradicción absoluta con un discurso inicial del mismo régimen y del mismo
personaje.
Las organizaciones cannábicas barajan otras posibilidades de lo que
puede estar pasando, no se descarta que poderes más grandes, de imposición,
como el TLC, las transnacionales de las semillas, las farmacéuticas e incluso
la industria petrolera estaría detrás de la implementación de un modelo a
medida, un modelo que no les permita perder mercado, pero que además no nos
permita ser libres de elegir, decidir o incluso cultivar plantas tan nobles
como el cannabis u otras que tienen principios activos medicinales.
Al momento existe contradicciones entre sus propias políticas de cuando
eran progresistas a cuando son prohibicionistas, esto nos deja en un panorama
de mismas víctimas y mismas cifras, además de una sensación de que el poder
solo dialoga con el poder.
Gabriel Buitrón.
Vocero de Ecuador Cannábico.
Red LANPUD.
IDPC.
FUENTE: ICOPA
[1] TNI – “Indulto de Mulas en Ecuador”.
Disponible en: http://www.druglawreform.info/es/component/flexicontent/item/319-indulto-de-mulas-en-ecuador
[2] EL UNIVERSO, “Correa pedirá indulto para mulas del narcotráfico.
Disponible en:
[4] ASAMBLEA NACIONAL, “Constitución”
Disponible en: http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/constitucion_de_bolsillo.pdf
[6] ECUADOR CANNÁBICO, “Dosis máximas.
Resolución del CONSEPNº 19” Disponible
en: http://ecuadorcannabico.blogspot.com/2013/06/dosis-maximas-resolucion-del-consep-y.html
[7] ECUADOR CANNÁBICO, “La nueva tabla
de dosis máxima es una referencia para los jueces” Disponible en:
http://ecuadorcannabico.blogspot.com/2013/06/la-nueva-tabla-para-consumo-de-drogas.html
[8] ECUADOR CANNÁBICO, “Demanda de
inconstitucionalidad a la ley 108” Disponible en:
http://ecuadorcannabico.blogspot.com/2013/08/demanda-de-inconstitucionalidad-la-ley.html
[9] MAURO ANDINO, “Comisión de Justicia
aprueba informe para segundo debate del COIP” Disponible en:
http://www.mauroandino.com/comision-de-justicia-aprueba-informe-para-segundo-debate-del-proyecto-de-codigo-organico-integral-penal/
[10] ASAMBLEA NACIONAL, “Código Orgánico
Integral Penal” Disponible en:
http://www.asambleanacional.gob.ec/es/system/files/document.pdf
política de drogas de Ecuador” Disponible en: http://www.wola.org/sites/default/files/Drug%20Policy/Informe_debate%20de%20drogas__FINAL_%20PARA%20PUBLICAR.pdf
[12] PENSAMIENTO PENAL, “Jorge Paladines”
Disponible en: http://www.pensamientopenal.com.ar/autores/jorge-vicente-paladines
[13] EL UNIVERSO, “El presidente anuncia
reformas al COIP” Disponible en:
http://www.eluniverso.com/noticias/2015/09/05/nota/5105744/presidente-anuncia-reformas-codigo-penal-incrementar-sancion
[14] ECUADOR INMEDIATO, “La Atención por drogas se
incrementó 81% en un año” Disponible en:
http://www.ecuadorinmediato.com/index.php?module=Noticias&func=news_user_view&id=2818787897
[15] TNI – “Duros contra los débiles,
débiles contra los duros”. Disponible en: http://druglawreform.info/es/informacion-por-pais/america-latina/ecuador/item/6553-qduros-contra-los-debiles-y-debiles-contra-los-durosq
[16] ECUADOR
INMEDIATO, “4500 personas detenidas por microtráfico de drogas en
establecimientos educativos” Disponible en: http://www.ecuadorinmediato.com/index.php?module=Noticias&func=news_user_view&id=2818788710
[17] ASAMBLEA NACIONAL, “Ley
Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y
Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización” Disponible
en:
http://www.asambleanacional.gob.ec/es/multimedios-legislativos/38842-ley-organica-de-prevencion-integral-del
[18] CONTROL SANITARIO, “Reglamento a la Ley
Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y
Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización” Disponible
en:
http://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2016/05/Decreto-951-Reglamento-a-la-Ley-de-Drogas-Lexis.pdf